9.8.07

Premiarán a escritores neuquinos

NEUQUEN.- El bloque del Frente Grande de la Legislatura neuquina presentó el proyecto de ley para premiar la trayectoria literaria de escritores y escritoras que hayan nacido o tengan más de doce años de residencia en la provincia. El premio beneficiará a quienes tengan más de 40 años, cinco libros publicados como mínimo en cualquiera de los cuatro géneros –poesía, narrativa, teatro, ensayo literario- y consistirá en una asignación mensual vitalicia equivalente a 36 horas cátedra de nivel medio, sin antigüedad.
En rigor, se trata de unos 2.500 pesos mensuales que permitirán al beneficiario despreocuparse de las necesidades básicas de manutención –vivienda, alimentación, vestimenta- y dedicarse a su oficio. La iniciativa, que fue impulsada por los diputados Raúl Radonich y Pablo Tomasini, y que está en estudio en la comisión respectiva, surgió de una idea de Alejandro Finzi, dramaturgo, y Gerardo Burton, poeta. Ambos están radicados en Neuquén desde la década de 1980. El proyecto está inspirado en premios similares existentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Salta, entre otras jurisdicciones argentinas.
Para la selección de candidatas y cantidatos se constituirá un jurado integrado por cuatro miembros: de la secretaría de Cultura provincial, de la facultad de Humanidades de la Universidad del Comahue, de la Sociedad de Escritores y Escritoras de la Argentina y de la filial neuquina de esa entidad.
A continuación se transcribe el proyecto que está en estudio de los diputados neuquinos:

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL NEUQUÉN

SANCIONA CON FUERZA DE LEY

Artículo 1.-

Créase el PREMIO PROVINCIAL A LA TRAYECTORIA LITERARIA con el fin de defender, promover, difundir y preservar la producción literaria de la provincia. El mismo se otorgará a escritoras y escritores residentes en la Provincia del Neuquén en mérito a la obra publicada, sostenida en el tiempo y de valor para la comunidad en su conjunto.

Artículo 2.-

El PREMIO PROVINCIAL A LA TRAYECTORIA LITERARIA consistirá en una asignación mensual y vitalicia equivalente a treinta y seis horas/cátedra de nivel medio sin antigüedad.

Artículo 3.-

Para obtener el beneficio los postulantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) ser natural de la provincia y/o tener una residencia en la misma no inferior a doce años en el momento del otorgamiento del premio

b) ser mayor de cuarenta años

c) acreditar una trayectoria reconocida que fundamente el otorgamiento del beneficio.

d) haber publicado cinco libros como mínimo en alguno de los siguientes géneros: poesía, narrativa, ensayo literario o teatro.

e) las obras mencionadas en el inc. d) deberán haber sido escritos en lengua española u originaria del territorio argentino, incluyendo las ediciones bilingües.

f) Los libros deberán haber sido publicados de acuerdo con las normas internacionales para las publicaciones de esta clase, que incluyen: 48 páginas, impresión industrial con datos de tirada e impresor e inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad Intelectual y en el International Standard Book Number, ISBN.









Artículo 4

El premio será otorgado anualmente y su entrega se realizará en acto público convocado con ocasión de celebrarse el Día del Escritor (13 de junio)

Artículo 5

Para la selección de los beneficiarios/as se constituirá una Comisión Interdisciplinaria integrada por un escritor/a representante de la Sociedad de Escritores Argentinos nacional, un escritor/a por la filial Neuquén de la misma entidad, un representante de la Secretaría de Estado de Cultura de la provincia y un representante de la Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Comahue.

Artículo 6

En cada edición se premiará un género diferente entre los enumerados en el Art. 3 inc. d). Los beneficiarios/as del premio quedarán inhibidos/as de presentarse nuevamente en cualquier género.

Artículo 7

El premio podrá ser declarado desierto en el caso de que el fallo de la Comisión así lo determine fundándose en la falta de postulantes o en la inadecuación a las bases del premio.

Artículo 8

Los escritores/as beneficiarios/as del Premio se comprometen a participar, en carácter de contraprestación y a solicitud del órgano de aplicación, en actividades oficiales con carácter de: jurados en concursos literarios, recitales o lecturas públicas, conferencias u otras actividades similares a las mencionadas.

Artículo 9

El órgano de aplicación será la Secretaría de Cultura de la Provincia, la que en un lapso de 120 días posteriores a la publicación de la presente ley determinará Las Bases y Reglamentaciones para su aplicación.

Artículo 10

Las erogaciones que demandará la instrumentación de esta ley serán imputados al Presupuesto de la Provincia del Neuquén.

Artículo 11 :

Comuníquese al Poder Ejecutivo.


FUNDAMENTOS

Nuestro país se ha caracterizado por producir una gran riqueza literaria que es ampliamente reconocida por su diversidad y calidad, tanto en Latinoamérica como en el mundo. Es el resultado de un gran esfuerzo cultural que debe ser reconocido como patrimonio colectivo y columna vertebral de una sociedad, ya que permanecen de ella las obras que definen sus características, su originalidad y su identidad.

Como dice el filósofo y escritor José Pablo Feinmann: “La cultura es nuestro rostro. Es eso que permite a los demás vernos y reconocernos. Somos lo que hemos ido haciendo de nosotros, y esto es la cultura: lo que hacemos de nosotros. La cultura, entonces, es una construcción. Es lo que una comunidad ha ido eligiendo, el ser que se ha ido dando y que coherentemente, ha terminado por configurar un rostro. Una identidad, si preferimos decirlo así.”

Por eso una sociedad no tiene futuro si abandona a quienes abonan con su arte el destino de un pueblo.

En este sentido los escritores/as realizan una contribución fundamental, cuya amplia significación social es recogida por la comunidad para la que los creadore/as trabajan, ya que el sello que imprimen en sus obras es la expresión de la idiosincrasia de un pueblo, en nuestro caso neuquino y patagónico.

Esta fecunda tarea realizada por los escritores/as es un verdadero oficio, una labor profesional, que requiere dedicación, constancia y continuidad.

Sin embargo son escasos los que viven de los derechos de autor que perciben por sus obras, la gran mayoría no logra vender la cantidad de libros suficientes para vivir dignamente.

La publicación de la mayoría de las obras se realiza en pequeñas editoriales independientes que en pocos casos invierten en la edición. El denominador común es que deban pagar las ediciones de sus propias obras, lo que además de limitar su cantidad y calidad, impide la adecuada distribución y difusión en los medios de comunicación, más ocupados en las modas culturales que en su diversidad y creatividad.

Por otro lado, por no tener una relación de dependencia laboral clara, carecen de beneficios jubilatorios y de servicios sociales que les brinden cobertura médica.

El prestigio que implica ser escritor/a casi nunca se corresponde con la realidad material de quienes se dedican a este oficio; salvo por su reconocimiento moral, el que muchas veces llega solo después de muerto.

Desde hace unos años, la Sociedad de Escritores y Escritoras de la Argentina, SEA, está gestionando diversos beneficios para sus afiliadas/os. El primero fue obtener una cobertura social asistencial para los escritores/as desocupado/as o sin aportes formales. El segundo es un proyecto de ley actualmente en el Congreso nacional para lograr una jubilación para quienes no hayan aportado durante su vida como trabajadores/as activos/as.

La presidenta de la SEA, la poeta Graciela Aráoz, dijo, al fundamentar las iniciativas de la entidad que “en general, los escritores viven de otros trabajos o se hallan desocupados; sólo una mínima parte puede dedicarse a trabajos en ámbitos afines a su actividad específica.”. Agregó que muchas veces los escritores “mueren en la pobreza, olvidados, después de haber dedicado sus vidas a la literatura, dejando libros que los trascienden y, vaya paradoja, muchas veces no hay lugar donde velarlos o no tienen ni con qué pagar su propio ataúd”. Sin dar nombres de quienes murieron en la precariedad más grotesca, Aráoz aseguró que la SEA considera que existe una “postergada reivindicación para con los autores argentinos.”

En la provincia de Neuquén también existen ejemplos de lo antedicho: Milton Aguilar, Juan José Brion, Irma Cuña, entre otros; quienes al final de su vida no encontraban garantizado su sustento mínimo, más allá de las mínimas pensiones o haberes jubilatorios que percibían. Como es conocido, su producción literaria se veía obstaculizada por esa precariedad económica en que vivían.

Esta situación resiente la cultura de un pueblo, socava los cimientos de su creatividad, oscurece su futuro. La desidia con que se trata a los artistas es un reflejo de la opinión que una sociedad tiene de sí misma y de su voluntad para construir la propia identidad cultural.

No ocurre así en otras naciones donde la actividad literaria está profesionalizada y existe una carrera demostrable desde todo punto de vista, a la que contribuyen tanto editores, gráficos, agentes literarios, libreros, como instituciones oficiales -gubernamentales o no- y el público. En esos casos todos los sectores intervinientes reconocen y admiten que el trabajo literario debe ser remunerado. Sin embargo, en la Argentina en general y en nuestra provincia en particular, hasta ahora no es así.

Con los antecedentes mencionados y considerando que es un deber ineludible del Estado apoyar con fondos suficientes a nuestra cultura, defendiendo y auspiciando a los creadores/as, se propone el presente proyecto de PREMIO PROVINCIAL A LA TRAYECTORIA LITERARIA, como un aporte para resolver algunos de las múltiples dificultades por las que atraviesan.

En el articulado se definen los requisitos para acceder al beneficio, la integración del jurado que realizará la selección y el órgano de aplicación correspondiente.

La asignación económica propuesta se asocia a la remuneración percibida en el ámbito educativo bajo la convicción de la profunda imbricación que existe entre las dimensiones cultural y educativa, ya que la educación permite la apropiación de los valores culturales que una comunidad promueve como modalidad de existencia. Como sostiene el autor ya mencionado: “deseamos crear una cultura propia y educar en ella a los nuestros”, así la educación y la cultura serán pilares básicos en la construcción de una comunidad democrática e incluyente que reconoce el derecho de todos los habitantes de acceder a los bienes culturales.

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